martes, abril 12, 2016

Condenada empresa constructora por violar los derechos sindicales
Por Camilo Raigozo. Fensuagro

El pasado 19 de febrero el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social sancionó a la empresa Consorcio Constructor Ruta del Sol, Consol, por haberse negado a negociar el pliego de peticiones presentado el 20 de enero de 2015 por el sindicato Sintraconstruvias.

Luego de la negativa de los empresarios y sus representantes de sentarse a negociar con los trabajadores el pliego petitorio, los dirigentes de los asalariados presentaron demanda contra la empresa ante el Ministerio del Trabajo.

Los empresarios trataron de evadir sus obligaciones legales aduciendo que en el consorcio hay dos sindicatos: Sintraconsol y Sintraconstruvias y que ya había negociado con el primero un pliego de peticiones.

Para los capitalistas y sus administradores se debía esperar el vencimiento de la convención colectiva vigente con Sintraconsol, para luego realizar una sola negociación concertada con ambas organizaciones sindicales de un solo pliego unificado o los diferentes pliegos pero en una sola mesa de negociación.

Sin embargo el Ministerio del Trabajo luego de las investigaciones pertinente y de oir a ambas partes jurídicamente concluyó que los trabajadores de Sintracostruvías tenían la razón.

Para la oficina jurídica del Ministerio del Trabajo, el Artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo indica que la etapa de arreglo directo inicia con la presentación del pliego de peticiones por parte de la organización sindical y qué en un término de 24 horas y como máximo cinco días, los empleadores tiene la obligación de iniciar las conversaciones.

El Ministerio del Trabajo basado en la anterior norma no aceptó las alegaciones de Consol, ya que su actitud violó los derechos sindicales consagrados en la Constitución y las leyes.

Así mismo el argumento de Consol de que se podía esperar a la fecha del vencimiento de la convención con la otra organización sindical, la cual vence el 7 de octubre de 2017, para negociar conjuntamente con ambos sindicatos no tuvo asidero legal.

Según el ministerio, lo que dice la norma es que ante la existencia de varias organizaciones sindicales en una misma empresa, estas podrán decidir si van por separado o conjuntamente a negociar sus respectivos pliegos de peticiones y si los unifican o no.

Ante la falta grave del Consorcio Constructor Ruta del Sol, cuyo domicilio está en Aguachica, Cesar, el Ministerio del Trabajo resolvió condenarlo a pagar la multa de cinco salarios mínimos legales diarios vigentes en el año 2016, por cada día de retraso en el inicio de las negociaciones con Sintraconstruvias.

Por lo tanto la empresa constructora debió pagar la suma de mil trescientos treinta y cuatro millones noventa y tres mil cuatrocientos noventa pesos m/cte. (1.334'093.490= m/cte.). Este dinero fue destinado al Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, como lo estipula la ley.


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